Una baja por incapacidad temporal (IT) conlleva la suspensión de algunos aspectos de la relación laboral, partiendo del más básico: la realización del trabajo en sí mismo. Aun así, ambas partes siguen ligadas por una serie de obligaciones durante el periodo de recuperación.

IT

¿A qué está obligado el empresario?

Durante el periodo de baja podremos cubrir las actividades desarrolladas por el empleado mediante la reasignación de tareas, e incluso cubriendo el puesto mediante un contrato de interinidad cuando la baja esté prevista para un periodo relevante o durante una época de alta productividad.  Sea como sea, estamos obligados a reservar el puesto para que vuelva a ser ocupado por el empleado una vez finalizado el periodo de IT.

Esta obligación de reserva se extingue en el caso de que la IT pase a una situación de incapacidad permanente o gran invalidez, a no ser que se estime una posibilidad de mejoría en un periodo de al menos dos años.

Durante el periodo de baja, la empresa sigue obligada a cotizar por el empleado a la Seguridad Social mientras se mantenga el contrato, así como a practicarle las retenciones del IRPF pertinentes.

También deberemos remitir los partes de baja a la mutua o entidad gestora, comprobando los datos de cotización y toda la información para que se determine la base reguladora de la prestación del empleado incapacitado en el plazo de 5 días a partir de su recepción.

Por último, pero no por ello menos importante, la empresa tendrá que ocuparse de pagar el subsidio durante el periodo que pueda corresponder según la ley y está obligada a computar el tiempo de baja a efecto de antigüedad.

¿A qué está obligado el trabajador?

El empleado debe considerar que incumplir sus obligaciones, así como incurrir en fraude, puede hacer que deje de cobrar el subsidio, además de poder ser sancionado por la entidad gestora, o de incluso ser despedido en casos como: trabajar durante el periodo de baja, no cumplir con las recomendaciones médicas a fin de retrasar su reincorporación o incumplir con el reposo al que haya sido instado.

No obstante, antes de todo esto, el trabajador está obligado a presentar los partes de baja y confirmación ante la empresa, dentro del plazo de 3 días contados a partir de la fecha de expedición del parte. En caso de no hacerlo de forma reiterada, la empresa podría recurrir al despido disciplinario. Por otro lado, la entidad gestora podría sancionar al empleado desde la primera falta (se traduciría en la pérdida de un mes de subsidio por IT).

También está obligado a presentar el parte de alta y reincorporarse al puesto en un plazo de 24 horas desde dicho momento.

Una vez pasada esta barrera, el empresario podría considerarlo como una dimisión, por lo que podría extinguirse el contrato sin derecho a indemnización. La empresa puede optar por avisar al trabajador para descubrir si el motivo del retraso está justificado, pero no es totalmente obligatorio.