Se ha aprobado la bajada de las retenciones a cuenta del IRPF que aplican algunos profesionales en sus facturas siempre que se den unas determinadas condiciones. Hablamos de las retenciones a cuenta del IRPF. El pagador retendrá a estos profesionales una cantidad menor de la que se venía haciendo.

IRPF

¿quién puede aplicarlo?

La norma permite a los autónomos que realizan actividades profesionales cuyas rentas anuales sean inferiores a 15000 euros y siempre que el 75% de las mismas provengan de estas actividades a aplicar en sus facturas una retención del 15% a cuenta del IRPF.

Se puede aplicar en las facturas emitidas desde el pasado 5 de Julio.

Las rentas referidas son las que consten en la declaración de la renta del año anterior, por lo que la posibilidad de aplicar este tipo reducido cambiará cada año, en función de los rendimientos declarados.

Para poder aplicar este tipo de retención los profesionales estarán obligados a comunicar por escrito esta circunstancia a sus clientes. Es importante recordar que la obligación de retener corresponde siempre a los pagadores.