Hacienda puede indagar sobre los movimientos de tu cuenta si sospecha que el origen del dinero que hay en la misma o sus movimientos son sospechosos.

Entidades bancarias y Hacienda

¿Qué información tienen que dar las entidades bancarias a Hacienda?

Anualmente, antes de las Declaraciones de Renta e Impuesto sobre el Patrimonio las entidades bancarias le aportan a Hacienda la misma información fiscal que te dan a ti:

  • Saldos de las cuentas a final del ejercicio.
  • Intereses generados en cada una de las cuentas bancarias.
  • Retenciones aplicadas.
  • Inversiones realizadas en fondos, acciones,…

Además, las entidades bancarias por ley están obligadas a informar siempre que se produzcan determinado tipo de operaciones referidas a ingresos, retiradas y traspasos:

  • Transacciones con billetes de 500 euros. Sin importar la cuantía.
  • Operaciones que superen los 000 euros.
  • Pagos y cobros por más de 3.000 euros siempre que se realicen en metálico. independientemente del modo de ingreso a cuenta, a excepción de las transferencias.
  • Préstamos y créditos por más de 6.000 euros.

Las entidades bancarias también informar de las personas involucradas en las operaciones, el importe, el número de cuenta y sus titulares. Además cualquier estado comunitario puede cruzar la información que posee sobre residentes en el extranjero.