Esta semana se ha publicado una Orden que eleva el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento de impuestos o fraccionamiento de los mismos. En concreto:
- Hasta ahora no era necesaria la aportación de garantías si la cantidad aplazada no excedía de 18.000 euros.
- En cambio, a las solicitudes que se presenten a partir del 21 de octubre (fecha en la que entra en vigor la ley) no se les exigirá garantías cuando el importe de la deuda no exceda de 30.000 euros. A las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento que estuvieran en tramitación con anterioridad se les aplica la normativa anterior. Por tanto, el límite para dichas solicitudes seguirá siendo de 18.000 euros.