Aprobadas las nuevas retenciones aplicables tras la rebaja fiscal que entrará en vigor el 1 de enero 2015:
- Las retenciones por actividades profesionales y actividades económicas bajarán del 21% al 19% en 2015 y al 18% en 2016.
- No obstante, se aplicará el 9% sobre los rendimientos de actividades profesionales que se establezcan reglamentariamente (dos primeros años de actividad).
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Se incorpora también el nuevo tipo del 15% para profesionales con menores importes de rendimientos íntegros (quince mil euros anuales).